JOVEN PROCESADO POR DROGAS VUELVE A LA CÁRCEL AHORA ACUSADO DE VIOLENCIA DE GÉNERO


Un joven que después de haber estado 8 meses en prisión preventiva por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización recuperó en diciembre su libertad durante el proceso, violó las condiciones de su libertad y volvió a la cárcel, ahora como autor de hechos de violencia de género.
El Fiscal Sergio G. Cuello, a cargo de la Fiscalía de Instrucción de 2° Nominación de Villa Dolores, detuvo a una persona que había recuperado su libertad hacía algunos meses y determinó la PRISIÓN PREVENTIVA del mismo.
Se trata de SANTIAGO EMANUEL PALMA, de 22 años de edad, albañil, con domicilio en esta Ciudad de Villa Dolores, Dpto. San Javier, Pcia. de Cordoba.
Los hechos que se le atribuyen dan cuenta de lo siguiente.
PRIMERO: El día veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis, alrededor de las 20:00 horas, el imputado Santiago Emanuel Palma se habría hecho presente en el interior de la vivienda (living) sito en barrio Jardín, de esta Ciudad de Villa Dolores, Dpto. San Javier, Pcia. de Córdoba, habitada por M. y con la intención de amedrentarla, le habría manifestado “que le iba a pegar en la panza para que perdiera el embarazo”.
SEGUNDO: Sin poder precisar fecha exacta, pero con posterioridad al dieciocho de enero y con anterioridad a la hora 23:00 del día cuatro de marzo, ambos de dos mil diecisiete, el imputado Santiago Emanuel Palma se habría hecho presente en el interior de la vivienda (living) sito en Barrio Jardín, de esta Ciudad de Villa Dolores, Dpto. San Javier, Pcia. de Córdoba, habitada por M. y con la intención de amedrentarla, le habría manifestado “que le iba a prender fuego a su casa”.
TERCERO: El día dos de marzo de dos mil diecisiete, alrededor de las 18:00 horas, se habría hecho presente el imputado Santiago Emanuel Palma, sin poder precisar fecha exacta, pero con posterioridad al 18 de enero de 2017 y con anterioridad al 04 de marzo de 2017, en el interior de la vivienda de Barrio José Hernández, de esta Ciudad de Villa Dolores, Dpto. San Javier, Pcia. de Córdoba, habitada por M., con quien previo a mantener una discusión por cuestiones del momento, le habría apretado con ambas manos y ejerciendo fuerza sobre sus brazos, como así también le aplicó un puntapié, lesionándola.
CUARTO: El día cuatro de marzo de dos mil diecisiete, alrededor de las 07:15 horas, el imputado Santiago Emanuel Palma habría forzado mediante un golpe, probablemente con una de sus manos, la manija de apertura metálica de color blanco que posee un ventiluz existente en una puerta de chapa, del mismo color, de la vivienda ubicada en Barrio Jardín, de esta Ciudad de Villa Dolores, Dpto. San Javier, Pcia. de Córdoba, habitada por M. Acto seguido el justiciable Palma le habría manifestado “dale, abrime la puerta, abrime la puerta sino te cago a palos”. Momentos después y ya en el interior de la referida morada, específicamente en el living, el encartado Palma, previo a mantener una discusión, la habría tomado con su mano derecha de la mano izquierda a M. y tras ello la habría empujado contra una mesa de vidrio, tipo ratonera, lesionándola. A consecuencia del accionar desplegado por Santiago E. Palma, M. resultó con: “Hematoma en brazo izquierdo como lesiones recientes…”, asignándole el médico policial cinco días de curación. Posteriormente el prevenido Palma se habría dirigido a la habitación ubicada hacia el Norte del inmueble, donde habría levantado con ambas manos un ventilador de pie marca Liliana, de plástico, color negro y lo habría tirado con fuerza hacia el piso, donde le habría pegado una patada con su pie derecho, dañándole las paletas del mismo. Luego de ello el enrostrado Palma se habría dirigido hacia el portón de chapa, de color blanco, de tres hojas, al que le habría pegado una patada con su pie derecho, haciendo saltar un remache de un pasador que posee dicha abertura como medida de seguridad, también situada en el ingreso de la propiedad aludida. Finalmente el encartado Palma se habría apoderado ilegítimamente de una llave de color dorada con un llavero, propiedad de M., la que se encontraba colocada en la cerradura del portón antes mencionado.
Según la acusación el imputado Santiago Emanuel Palma, deberá responder como supuesto autor de: a- Amenazas –dos hechos-, en los términos del art. 149 bis, primer supuesto del C.P. –Primer y Segundo Hechos-, en concurso real (art. 55 del C.P.) b- Lesiones Leves Calificadas, en los términos del art. 92 en función del 80 inc. 1 del C.P., -Tercer Hecho- y c- Lesiones Leves Calificadas, Daño, Coacción y Hurto Simple, en los términos de los arts. 92 en función del 80 inc. 1º, 183, 149 bis tercer supuesto y 162 del C.P., -Cuarto Hecho- en concurso real (art. 55 del CP.P.), todo concursado materialmente (art. 55 del CP.).
A lo anteriormente citado se le suma la causa por narcotráfico que se encuentra aún en trámite en la Secretaría respectiva y que lo tiene al causante como protagonista.
El imputado continúa alojado en el E.P. Nro. 8 de esta ciudad.-
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