ACUSADO DE ABUSO SEXUAL FUE CONDENADO A TRECE AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN


En los Tribunales locales, y en juicio abreviado, se dictó una severa pena a un acusado de abuso sexual y otros hechos. La Resolución del Juez fue la siguiente:
El Sr. Vocal de Cámara Dr. Carlos María Casas Nóblega, a cargo de la Sala Unipersonal N° 3, RESUELVE: 1. Declarar a NÉSTOR BERNABÉ PIZARRO, autor penalmente responsable de los delitos de: abuso sexual simple doblemente agravado por la situación de convivencia preexistente con la menor y por estar encargado de la guarda de la misma, reiterado –en número indeterminado de veces- y promoción a la corrupción de menores calificada por la situación de convivencia preexistente con la menor y por estar encargado de la guarda de la misma.
En concurso ideal; abuso sexual gravemente ultrajante, doblemente agravado por la situación de convivencia preexistente con la menor y por estar encargado de la guarda de la misma, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores calificada –un hecho- ; coacción reiterada –en número no determinado de veces- y amenazas reiteradas –en número no determinado de veces- en concurso material ; coacción calificada reiterada –en número no determinado de veces ; lesiones leves, coacción y amenazas en concurso material de delitos ; todo en concurso material , que se le atribuyen en la Requisitoria Fiscal y en consecuencia imponerle para su tratamiento penitenciario la pena de trece años y seis meses de prisión accesorias de ley y costas. II.
Comunicar la presente sentencia al Juzgado de Violencia Familiar de esta sede judicial e informar a las víctimas el presente decisorio III. Regular los honorarios profesionales de los Dres. Dra.María Isabel Gragera letrada con funciones de Asesora Ad Hoc, en la suma equivalente a diez (10) jus, de la Sra. Asesora Letrada Dra. Anita Patricia Pollini, en la suma equivalente a diez (10) jus y Eduardo Adrián Cúneo, en la suma equivalente a treinta (30) jus, todos por sus tareas de defensa en favor del acusado, de la Sra. Asesora Letrada Dra. Cecilia María Heredia, en su calidad de Representante Promiscua de la menor víctima en la suma equivalente a veinte (20) jus y de los peritos intervinientes, Mgter. Marcela Scarafia, Dra. Natalia A. Gasparini y Lic. Cecilia Cicciari de Merep en la suma equivalente a diez (10) jus para cada una de ellas, todo a cargo del acusado; IV.
Emplazar al imputado Néstor Bernabé Pizarro, para que en el término de quince días desde que la presente quede firme, abone la tasa de justicia correspondiente, la que asciende a la suma de $773.91 ctvs. V. Fijar el día 07 de junio de dos mil diecisiete, las doce horas, para que tenga lugar la lectura integral de la sentencia (art. 409 C.P.P.).
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